Tipos de Decisiones de Asilo Afirmativo

Cuando usted solicita asilo en el proceso afirmativo con USCIS, recibirá una de las siguientes decisiones (para obtener información sobre las formas de obtener asilo, visite nuestra página Obtener Asilo en Estados Unidos):

Concesión de Asilo

Si determinamos que usted es elegible para asilo, recibirá una carta y un Formulario I-94, Registro de Entrada/ Salida completado, el cual indica que se le ha concedido asilo en Estados Unidos.

La concesión de asilo incluye a su cónyuge e hijos menores, siempre que:

  • Hayan estado presentes en Estados Unidos;
  • Hayan sido incluidos en su petición de asilo, y
  • Usted haya demostrado que tiene con ellos una relación que cualifica.

Vea Familiares de Refugiados y Asilados para obtener más información sobre beneficios de inmigración para su cónyuge e hijos.

La concesión de asilo le permitirá solicitar:

  • Un Documento de Autorización de Empleo (EAD);
  • Una tarjeta de Seguro Social;
  • Una tarjeta de residente permanente (Tarjeta Verde/Green Card), y
  • Beneficios de inmigración para su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad.

Vea Beneficios y Responsabilidades de los Asilados para obtener más información sobre estos beneficios.

La concesión de asilo en Estados Unidos no caduca. Sin embargo, USCIS podría cancelar su estatus de asilado si usted:

  • Ya no tiene un temor de persecución fundamentado sobre una base real por motivo de un cambio significativo en las circunstancias;
  • Obtuvo protección de otro país;
  • Obtuvo la concesión original de asilo de forma fraudulenta; o
  • Cometió ciertos delitos o se involucró en otras actividades que lo hacen inelegible para retener asilo en Estados Unidos.

Vea la Sección 208(c)(2) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad para obtener más información sobre cancelaciones de estatus de asilado.

Referido a un Tribunal de Inmigración

Si no podemos aprobar su solicitud de asilo y usted está en Estados Unidos ilegalmente, enviaremos (o referiremos) su caso de asilo al tribunal de inmigración. El referido al juez de inmigración incluye a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años si estos:

  • Fueron incluidos en su solicitud de asilo;
  • Están en Estados Unidos ilegalmente.

Un referido no es una denegación de su solicitud de asilo. En su lugar, referimos su caso para una evaluación adicional de parte del tribunal de inmigración. Si no aprobamos su reclamación de asilo, le enviaremos una carta explicativa y un Formulario I-862, Notificación de Comparecencia, en la que se le indica la fecha y hora que deberá presentarse al tribunal. No tiene que volver a presentar su solicitud de asilo.

El juez de inmigración evaluará su reclamación de asilo de manera independiente y no está obligado a estar de acuerdo con o reafirmar la decisión tomada por USCIS.

Envío de su Solicitud a un Tribunal de Inmigración

Después que usted presente el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y para Suspensión de Remoción con USCIS, revisaremos sus registros de inmigración para determinar los siguientes pasos y procesar su solicitud de asilo.

En algunos casos, nosotros enviamos su solicitud de asilo al tribunal de inmigración. Esto podría ocurrir si determinamos que:

  • DHS le expidió previamente un Formulario I-862, Notificación de Comparecencia (NTA) y usted presentó su solicitud de asilo con nosotros 21 días hábiles o menos después de que su NTA fue presentada y colocada en la lista de casos con EOIR;
  • DHS le expidió previamente un NTA, y el mismo fue presentada y colocada en la lista de casos con OIR después que usted presentó su solicitud de asilo con nosotros, o
  • DHS le expidió previamente un NTA que no fue presentado ni colocado en la lista de casos con EOIR.

Si alguna de estas circunstancias el aplican a usted, no adjudicaremos su solicitud de asilo. En su lugar, enviaremos su solicitud al tribunal de inmigración apropiado que tenga jurisdicción sobre su caso para que adjudique su solicitud y le notifique por correo postal.

Para más información, vea Qué Sucede Después que Presenta el Formulario I-589 con USCIS y las instrucciones en la página del Formulario I-589.

Las tres formas de obtener asilo en Estados Unidos:

  • El proceso afirmativo;
  • La Entrevista de Méritos de Asilo después de una determinación positiva de temor creíble; y
  • El proceso de defensa de asilo.

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